El año 2022 conlleva importantes novedades en cuanto a la movilidad en España. De la mano de la nueva Ley de Cambio Climático llega un proyecto para transformar la movilidad. Pues antes de 2023 todas las urbes con más de 50.000 habitantes estarán obligadas a contar con un plan anticontaminación. Además, dentro de este plan serán esenciales las pegatinas con distintivo medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) para los vehículos.
¿Qué es el distintivo medioambiental y para qué sirve?
El distintivo medioambiental según ha establecido la DGT es “una manera de clasificar los vehículos en función de su eficiencia energética, teniendo en cuenta el impacto medioambiental de los mismos”.
El objetivo de esta clasificación es discriminar positivamente los vehículos más respetuosos con el medioambiente. Además de servir como un instrumento eficaz para las políticas municipales en cuanto a la alta contaminación provocada por el tráfico y los vehículos de combustión.
¿Cómo conocer el distintivo medioambiental de mi vehículo?
Para poder saber si a un vehículo le corresponde una etiqueta con distintivo medioambiental lo único que necesitar saber es su matrícula. Podemos diferenciar 4 formas para conocer el distintivo de nuestro vehículo:
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Por internet, es tan sencillo como acceder al fichero que contiene todas las matrículas y sus distintivos correspondientes.
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A través de miDGT, la aplicación tanto para móviles como tablets de la DGT en el apartado de “mis vehículos”.
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Llamando al 060 con la atención de un agente especializado en horarios establecidos de 9.00 a 18.00 de lunes a viernes, o bien mediante atención automática en horario interrumpido.
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Presencialmente en la Jefatura u Oficina de Tráfico, en la que es necesario solicitar una cita previa.
Tipos de etiqueta
Según ha catalogado la DGT, las etiquetas medioambientales afectan tanto a las motocicletas, ciclomotores y coches.
Coche
Para los coches existen 4 tipos de distintivos medioambientales en función del impacto de los vehículos. El orden de mayor a menos eficiencia sería el siguiente:
Etiqueta 0 emisiones
Aquella para vehículos más eficientes, eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV), con una autonomía de 40km o de pila de combustible.
Etiqueta ECO
Vehículos híbridos, de gas o ambos. Tendrán acceso aquellos eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40km/h, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado de petróleo (GLP). Deben cumplir los criterios de la etiqueta C.
Etiqueta C
Vehículos de combustión interna, que cumplen con las ultimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas entre enero de 2006 y los de diésel, a partir de septiembre de 2015. También aquellos con más de 8 plazas y pesados, tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
Etiqueta B
Vehículos de combustión interna que, si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con anteriores. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y las de diésel a partir de 2006. Los vehículos con más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diéseles matriculados desde 2006.
Descubre aquí tu etiqueta.
Moto
La normativa se aplica tanto a ciclomotores de dos o de tres ruedas. Así como a cuadriciclos ligeros, motocicletas de dos ruedas y aquellas con sidecar. En este caso la DGT distingue cuatro tipos de pegatinas identificativas para motos:
Etiqueta 0
Solo tendrán esta etiqueta los vehículos eléctricos que, además, tengan más de 40 kilómetros de autonomía. Por tanto, entran en esta categoría los vehículos eléctricos a batería (BEV), los de autonomía extendida (PEEV) y determinados híbridos (PHEV).
Etiqueta ECO
También diseñada para vehículos eléctricos y enchufables, pero con una diferencia. La autonomía eléctrica debe ser inferior a 40 kilómetros. Añadiendo así, vehículos híbridos y los que están propulsados por gas natural comprimido (GNC) o gas licuado de petróleo (GLP).
Etiqueta C
En este grupo se incluyen vehículos homologados con las normativas de emisiones Euro 4 y Euro 3. De manera resumida, en este grupo entran los vehículos fabricados desde 2006.
Etiqueta B
Solo para vehículos con un nivel de emisiones Euro 2, es decir, vehículos que se fabricaron a partir del 2003.
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Aquellas motos que no cumplan con estos requisitos no tienen derecho a la etiqueta medioambiental. Por ello el sector pide una etiqueta para las motos Euro 5. Este tipo, poco contaminante, se quedó fuera de la clasificación, lo que supone no poder disponer de etiqueta medioambiental.
Zonas de bajas emisiones
En ciudades como Madrid y Barcelona ya está instaurada la normativa referente al distintivo medioambiental. Con ello se pretende disminuir la contaminación en el aire de las ciudades en las zonas denominadas “Zonas de bajas emisiones” (ZBE).
Esta normativa poco a poco se irá extendiendo con tal de reducir el impacto medioambiental producido por las emisiones de los vehículos. De cara al futuro, los coches sin distintivo serán expulsados del municipio o ciudad y no podrán circular por él.